Boletín del Juego en España - El Director General de la DGOJ, Mikel
- Gaming in Spain
- May 11, 2022
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La semana pasada, el Consejo de Ministros español aprobó por fin el ansiado Real Decreto sobre Publicidad del Juego. El texto del Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado de España el 4 de noviembre y entró en vigor el 5 de noviembre.
Como informamos anteriormente, el Real Decreto introducirá una prohibición casi total de la publicidad de juegos de azar. En este número especial del boletín Gaming in Spain, analizamos más de cerca el texto aprobado, las reacciones de la industria y los cursos de acción legales aún abiertos para la industria.
Finalmente, el actual Director General del regulador español DGOJ, Mikel Arana, compartió la posición de su agencia sobre el nuevo Real Decreto con un número selecto de publicaciones de la industria, incluido Gaming in Spain. Nuestro informe sobre esta videollamada está incluido en este boletín.
El nuevo Real Decreto: Resumen y plazos
El abogado del juego Xavi Muñoz Bellvehí, Socio de ECIJA, ha resumido en nuestra web la disposición más importante del Real Decreto aprobado recientemente.
Entre las nuevas medidas se incluyen severas restricciones a la publicidad televisiva, patrocinios deportivos, así como la prohibición de bonos de bienvenida. Además, las comunicaciones comerciales realizadas a través de medios digitales están sujetas a una serie de nuevas restricciones.
El período transitorio de las medidas previstas en el Real Decreto es muy complejo. No todas las disposiciones entran en vigor al mismo tiempo y existen períodos de gracia para los contratos existentes.
Para obtener una descripción general de todos los plazos aplicables que los operadores y otras partes interesadas deben cumplir, consulte este documento.
¿Batallas legales e incertidumbre por delante?
Según un artículo publicado por Loyra Abogados, todavía existen vías para impugnar el Real Decreto en los tribunales:
“Existen diversas herramientas jurídicas que se pueden utilizar, como el recurso administrativo directo ante el Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su publicación, instrumento procesal que tiene por objeto eliminar del ordenamiento jurídico normas contrarias a las leyes españolas oa la Constitución. Además, es probable que determinadas restricciones a las que se refiere el Real Decreto, debidamente analizadas por los tribunales nacionales, puedan ser remitidas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Cabe señalar que estos procedimientos son extremadamente complejos y pueden ser largos.
Además, parece probable que el cambio en las condiciones de las respectivas licencias previamente otorgadas, podría ser motivo de impugnaciones masivas por parte de las entidades involucradas”.
Además, las consecuencias de sus disposiciones podrían dar lugar a disputas contractuales con respecto a los acuerdos de publicidad y contratos de patrocinio existentes:
“Finalmente, la técnica utilizada para afectar las relaciones entre los operadores patrocinados y los clubes deportivos será una fuente importante de conflictos relacionados con los contratos de patrocinio publicitario entre ambas partes.
Además, en lo que respecta a los contratos de patrocinio, es evidente que existirán multitud de litigios contractuales por los efectos del Real Decreto sobre los contratos existentes, que en muchos casos perjudicarán a una (o a ambas) de las partes contratantes. Dichos litigios comportarán la reclamación de daños y perjuicios y las correspondientes indemnizaciones, sin perjuicio del período transitorio previsto en el Real Decreto. Sin duda, la redacción específica de los contratos y las circunstancias serán clave”.
Reacciones de la industria
La asociación gremial Jdigital emitió un comunicado en el que criticaba severamente el nuevo Real Decreto. Las nuevas restricciones publicitarias solo servirían para socavar la competitividad de los operadores regulados en beneficio exclusivo de sus competidores del mercado negro, dijo la asociación.
Jdigital también protestó por la distinción de facto que hizo el gobierno entre los juegos “buenos” de los operadores de loterías (semi)públicas (SELAE y ONCE) y los juegos “malos” de propiedad privada.
La asociación comercial también enfatizó que las tasas de juego problemático en España son consistentemente bajas y, por lo tanto, que las nuevas restricciones son tanto "ideológicas" como severamente desproporcionadas:
“Desde Jdigital consideramos que el Proyecto de Real Decreto sobre Comunicaciones Comerciales de Actividades de Juego es discriminatorio, desleal y desproporcionado, máxime en un mercado en el que el juego online es una actividad legal y ya muy regulada y donde el índice de incidencia de los problemas de juego se ha mantenido estable en el 0,3% de la población de entre 15 y 65 años desde 2015, siendo uno de los más bajos de Europa, según indica el Plan Nacional sobre Drogas”.
Eduardo Morales Hermo, Consultor de Juegos y Apuestas de iGamingCo, calificó el nuevo Real Decreto de “absolutamente injustificable”, y agregó que las disposiciones del Decreto equivalían a “una vulneración de la libertad de empresa, así como un ataque a los intereses legítimos de las empresas legalmente constituidas”. que operen con licencias otorgadas por el gobierno con base en una ley establecida por el mismo.”
Como resultado de estas medidas excesivamente restrictivas, el gobierno español se declaró a sí mismo “un aliado de facto de los operadores de juego extraterritoriales sin licencia, seriamente perjudicados